ANEXO V DE LA
RESOLUCION 498/05 DEL MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y
TECNOLOGIA DE LA NACION
1. Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la concreción de los espacios
destinados al hábitat humano.
2. Proyectar, dirigir y ejecutar la construcción de edificios,
conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento
e infraestructura y otras obras destinadas al hábitat humano.
3. Proyectar, calcular y dirigir y ejecutar la construcción de
estructuras resistentes correspondientes a obras de arquitectura.
4. Proyectar, calcular y dirigir y ejecutar la construcción de
instalaciones complementarias correspondientes a obras de arquitectura, excepto
cuando la especificidad de las mismas implique la intervención de las
ingenierías.
5. Proyectar, dirigir y ejecutar obras de recuperación,
renovación, rehabilitación y refuncionalización de edificios, conjuntos de
edificios y de otros espacios, destinados al hábitat humano.
6. Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la construcción del
equipamiento interior y exterior, fijo y móvil, destinado al hábitat del
hombre, incluyendo los habitáculos para el transporte de personas.
7. Diseñar, proyectar y efectuar el control técnico de componentes
y materiales destinados a la construcción de obras de arquitectura.
8. Programar, dirigir y ejecutar la demolición de obras de
arquitectura.
9. Realizar estudios, proyectar y dirigir la ejecución de obras destinadas a la
concreción del paisaje.
10. Efectuar la planificación arquitectónica y urbanística de los
espacios destinados a asentamientos humanos.
11. Proyectar parcelamientos destinados al hábitat humano.
12. Realizar medición y nivelación de parcelas con el objeto de concretar la
ejecución de obras de arquitectura.
13. Realizar estudios e investigaciones referidos al ordenamiento
y planificación de los espacios que conforman el hábitat y a los problemas
relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura.
14. Asesorar en lo concerniente al ordenamiento y planificación de
los espacios que conforman el hábitat y a los problemas relativos al diseño,
proyecto y ejecución de obras de arquitectura.
15. Participar en planes, programas y proyectos de ordenamiento
físico-ambiental del territorio y de ocupación del espacio urbano y rural.
16. Participar en la elaboración de normas legales relativas al
ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat humano.
17. Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos
que no siendo de su especialidad afecten al hábitat humano.
18. Realizar relevamientos, tasaciones y valuaciones de bienes
inmuebles.
19. Realizar arbitrajes, peritajes, tasaciones y valuaciones
relacionadas con el ordenamiento y planificación de los espacios que conforman
el hábitat y con los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de
obras de arquitectura.
20. Proyectar, ejecutar, dirigir y
evaluar todo lo concerniente a la higiene y seguridad en obras de arquitectura.
NO OLVIDAR TODAS NUESTRAS INCUMBENCIAS